Ajustado a derecho

Soy Melina Paola Turiace, abogada. Tengo 44 años y ejerzo mi profesión con pasión desde hace exactamente 20 años, sumando 24 años de trabajo en una Escribanía en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mi vocación es el Asesoramiento Jurídico Notarial, y me especializo, entre otros temas, en Derecho Sucesorio. Cuando un cliente me contacta por primera vez en materia sucesoria, siempre le hago una pregunta clave: ¿Qué desea preservar ante una herencia: los vínculos familiares o el patrimonio? Aquí comienza realmente la cuestión. Cada familia tiene su magia, su misterio, su dinámica particular. Comprender esa dinámica me permite brindar un asesoramiento adecuado, que contemple tanto sus necesidades como lo que la Justicia determine. Cuando un juicio sucesorio se inicia, muchas emociones se renuevan. Nos enfrentamos a la ausencia del “causante” (la persona fallecida) y a la aparición de sus herederos. A veces, el causante deja un testamento (sucesión testamentaria), y otras veces no manifiesta voluntad alguna, por lo que la herencia se rige por las normas de la sucesión ab intestato.

En la actualidad, nos encontramos con el caso de la ensayista, Beatriz Sarlo, quien ha dejado un testamento ológrafo (manuscrito) a favor del encargado del edificio donde vivía, y luego de muchos años reaparece el legítimo esposo, con quien se casó en los años 70, y sin poder divorciarse por las leyes del momento, ahora reclama su porción… ¿Cómo entendía Beatriz Sarlo la herencia? ¿Estaba asesorada por abogados según las leyes o se regía por sus emociones?

Cuando hay un solo heredero, generalmente no se presentan mayores conflictos. Pero cuando hay dos o más, puede comenzar –o no– un debate: cómo, cuánto y quiénes heredarán. Los enfrentamientos, las distancias afectivas y los conflictos no resueltos suelen aflorar. Allí es donde intervengo nuevamente, con una segunda gran pregunta:

¿Qué desean preservar: la voluntad del causante o el patrimonio como marca la ley? En muchos casos, los hermanos heredan en igualdad de condiciones. En otros, uno puede verse beneficiado respecto de los demás.

Habrá que analizar si ese heredero fue compensado en vida del causante, si existe documentación que lo avale (escrituras, cesiones, donaciones) y si fueron debidamente certificadas por un Escribano Público e inscriptas en el organismo correspondiente. Si todo está claro, la sucesión no tiene mayores rodeos. Si no, será el juez quien intervenga para resolver el litigio. Cabe señalar que muchos de los conflictos que surgen en una herencia no se dan entre los herederos directos, sino que suelen ser provocados por herederos colaterales (tíos, primos, sobrinos), o incluso por las parejas, cónyuges o convivientes de los herederos directos.

Por eso, siempre destaco una frase de un jurisconsulto romano, Ulpiano, a quien admiro profundamente: “La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”. 

Este principio encierra una verdad esencial: implica reconocer derechos, deberes y legítimas expectativas.

No dejemos que el entorno cercano interfiera en las voluntades. Aceptemos lo que nos corresponde por derecho, con respeto y equidad.

SERÁ JUSTICIA.